Prestaciones económicas

En esta sección tienes toda la información sobre ayudas económicas relacionadas con situaciones de pobreza, pensiones complementarias/asistenciales (que no se deben cotizar de antemano) que se pueden tramitar desde el ayuntamiento.

Ayudas para emergencias sociales

Esta prestación económica puntual es para responder a necesidades puntuales, sobre todo los gastos de la vivienda (alquiler, luz, agua, gas...).

Esta ayuda es puntual. Para poder recibir esta ayuda hay que cumplir varias condiciones:

  • Estar empadronado en el pueblo que se pide la ayuda y vivir en ella, y estar empadronado en cualquier pueblo de la CAV desde 6 meses antes de pedir la ayuda.

  • Que la unidad familiar de hoy en día sea constituida desde hace más de un año, con escepciones.

  • Tener más de 18 años, con escepciones.

  • No poder hacer frente a los gastos que plantea la ayuda económica.

Renta de garantía de ingresos

Es la ayuda económica dirigída a personas que viven constantemente en Gipuzkoa y no tienen ingresos suficientes para poder satisfacer las necesidades básicas.

El objetivo de esta ayuda es poder hacer frente a los gastos básicos. Para poder recibir esta ayuda hay que cumplir varias condiciones:

  • Tener 23 años, con escepciones.

  • Que la unidad familiar de hoy en día sea constituida desde hace más de un año, con escepciones.

  • Estar viviendo y empadronado en un pueblo de Gipuzkoa durante al menos 6 meses, pero menos de 3 años en una localidad de la CAV, con escepciones.

  • No tener suficientes recursos para hacer frente a los gastos diarios.

Pensiones para lxs que no han cotizado

Es la oportunidad que tienen las personas que no han cotizado en en la Seguridad Social para tener una pensión. Son de dos tipos: por jubilación (para los mayores de 65 años) y por discapacidad (para lxs que tienen del 65% o más).

Para poder recibir estas ayudas hay que cumplir varias condiciones:

  • Tener más de 65 años o tener una incapacidad de 65% o más.

  • Estar empadronado en el Estado Español durante al menos 10 años.

  • Estar dependiendo de los ingresos económicos de la unidad familiar.

Pensiones del Fondo de Bienestar Social

Prestación económica para responder a necesidades básicas. Son de dos tipos: por jubilación y por discapacidad.

Para poder recibir esta prestación hay que cumplir varias condiciones:

  • Para recibir la pensión por jubilación: tener cumplidos 65 años.

  • Para recibir la pensión por discapacidad: tener más de 16 años y menos de 65. Tener la Valoración, Calificación y Horientación del Departamento de Servicios Sociales reconocido de un 45% o más y llegar a cierta puntuación en el baremo sobre incapacidades laborales, según los porcentajes y puntuaciones de la siguiente tabla:

Discapacidad (sin factor social)

Baremo

Del 45% a 50%

8 puntos

Del 51% a 55%

7 puntos

Del 56% a 60%

6 puntos

Del 61% a 65%

5 puntos