Convocatoria para la creación de una bolsa de trabajo de peón-enterrador

Convocatoria para la creación de una bolsa de trabajo de peón-enterrador

10/11/2023
El Ayuntamiento de Soraluze creará una bolsa de peones-enterradores para la Brigada de Obras y Servicios; el plazo de presentación de solicitudes es del 11 al 24 de noviembre, ambos inclusive.

El Alcalde del Ayuntamiento de Soraluze, mediante resolución de 27 de octubre de 2023, acordó realizar la convocatoria para la creación de una bolsa de peón-enterrador para la Brigada de Obras y Servicios.

Es objeto de la presente convocatoria crear, mediante oposición libre, una nueva bolsa de trabajo de peones enterradores de este Ayuntamiento.

La jornada laboral será la que, en cualquier caso, anualmente defina el Ayuntamiento, para lo cual tendrá en cuenta las características y necesidades especiales del puesto.

Todas las personas aspirantes que superen la oposición entrarán a formar parte de una bolsa de trabajo. El Ayuntamiento utilizará dicha bolsa de trabajo para cubrir las necesidades temporales que vayan surgiendo en el departamento.

Funciones del puesto

Las funciones del puesto de trabajo objeto de esta convocatoria son, a título enunciativo, las siguientes:

1. Estar en contacto diario con su responsable al objeto de distribuir las tareas y concretar los pormenores.

2. Servicio de Cementerio: comprende la realización de inhumaciones /exhumaciones; apertura y cierre de sepulturas; limpieza y mantenimiento del recinto funerario.

3. Colocar, mantener y reparar los elementos de mobiliario urbano (bancos, papeleras...), y de señalización viaria.

4. Realizar labores de mantenimiento y distribución de la maquinaria, herramientas y medios auxiliares que se utilicen.

5. Realizar todo tipo de trabajos de pintura, tanto en elementos de la vía pública como en edificios públicos.

6. Montaje de tablados y dar soporte a las necesidades de infraestructura para festejos, cultura y otros departamentos (mesas, sillas tarimas...).

7. Mantenimiento de zonas verdes.

8. Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas de acuerdo con la categoría de su puesto de trabajo.

Requisitos a cumplir

Para ser admitidas y, en su caso, participar en el proceso, las personas interesadas deberán cumplir los siguientes requisitos a la fecha de cierre de presentación de solicitudes:

a)    Estar en posesión de la nacionalidad de alguno de los estados miembros de la Unión Europea, o ser nacional de algún estado al que, en virtud de la aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el estado español, le sea

de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras.

También podrán participar el cónyuge de las personas nacionales de los estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separadas de derecho, así como sus descendientes y los o las de su cónyuge, siempre, asimismo, que ambos cónyuges no estén separados de derecho y sus descendientes sean menores de veintiún (21) años o mayores de dicha edad que dependan de ellos.

b)    Tener cumplidos los 16 años el día en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes, no superando la edad máxima para la jubilación obligatoria.

c)    Estar en posesión del graduado escolar, FP1, o alguna titulación equivalente, o tener abonados los derechos para su obtención. En lo referente a las titulaciones extranjeras, deberá presentarse certificado acreditativo de su homologación.

d)    Permiso de conducir: B.

e)    No haber sido separada del servicio de ninguna administración pública mediante expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitada en firme, total o parcialmente, para el ejercicio de cargos públicos.

Las personas de otros estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar que no están sancionadas disciplinariamente para el desempeño de funciones en la administración pública de su estado ni recae sobre ellas condena penal.

f)    No tener ninguna enfermedad o impedimento físico o psíquico que impida la normal prestación de las funciones propias del puesto de trabajo; este requisito se acreditará mediante la realización del correspondiente examen médico.

g)    No encontrarse en situación de incapacidad o incompatibilidad, según la normativa actualmente en vigor. De todos modos, se respetará el derecho de opción recogido en la normativa.

h)    Acreditar la posesión de los conocimientos de euskera correspondientes al perfil lingüístico 2. Para la acreditación de dichos conocimientos será necesaria la presentación, junto con la solicitud, de alguno de los certificados de capacitación recogidos en el artículo 41 del Decreto 86/1997, de 15 de abril. Las personas aspirantes sin perfil lingüístico acreditado también serán admitidas. En su caso podrán realizar la fase de oposición y, si la superan, serán incluidas en la bolsa B.

Instancias

Las instancias se ajustarán al modelo oficial y normalizado que se facilitará en el Registro Municipal del Ayuntamiento de Soraluze, el cual está recogido como anexo en las BASES.

Las instancias para participar en la oposición se dirigirán al alcalde-presidente del Ayuntamiento de Soraluze, y deberán cumplir los siguientes requisitos para su admisión:

a)    Las personas aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos enumerados en la convocatoria, siempre referidos al día de finalización del plazo de presentación de instancias.

b)    Junto con la instancia, deberán presentar la siguiente documentación:

— Fotocopia del documento de identidad o, en el caso de las personas de otros estados miembros de la Unión Europea, documento acreditativo de su identidad y nacionalidad.

— Documento-título exigido para tomar parte en la convocatoria.

— Permiso de conducir: B.

— En su caso, fotocopia de los títulos o certificados que acrediten el perfil lingüístico exigido.

Las instancias, debidamente cumplimentadas, deberán presentarse en la Oficina General del Ayuntamiento de Soraluze, hasta el 24 de noviembre.

Las instancias podrán presentarse, igualmente, en los registros de las administraciones públicas señaladas en el artículo 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre. Estarán dirigidas al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Soraluze, y serán fechadas y selladas por la persona funcionaria correspondiente dentro del plazo de presentación de instancias. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona interesada.