Actividad clasificada

¿Qué es y para qué sirve?

Licencia de actividad para las actividades que la precisen.

Objeto

  • Desarrollar actividades que precisen licencia de actividad.
  • Para lograr este objeto, la persona o entidad solicitante deberá presentar , junto con la solicitud, proyecto técnico de legalización de actividad, con el cual el Ayuntamiento tramitará el expediente AMINP.
  • La Ley 3/1998, General para la Protección del Medio Ambiente del País Vasco (modificada por la Ley 7/2012), en su anexo II apartado A establece cuáles son las actividades clasificadas que precisan de licencia de actividad.

Personas destinatarias

Personas físicas o jurídicas interesadas

Documentación a presentar

  • Puedes descargarte y utilizar esta instancia.
  • Proyecto de actividad clasificada (3 ejemplares en papel y uno digital en CD)

Finalizada la tramitación, y antes de poner en funcionamiento la actividad:

  • Impreso de comunicación , debidamente cumplimentado
  • Certificación expedida por técnico/a competente que acredite que la actividad y/o las instalaciones se adecuan al proyecto y a la documentación técnica presentada, y que cumple todas las normativas vigentes aplicables, así como, en su caso, las medidas correctoras que se le hayan impuesto.
  • Copia del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas.
  • Documento diligenciado por la delegación territorial de industria, de la instalación eléctrica.
  • Certificado de los medios de protección contra incendios, por instalador autorizado. En el caso de disponer únicamente de extintores, este apartado queda cumplido con la aportación de copia del contrato de mantenimiento.
  • En el caso de haber precisado la realización de obras con proyecto arquitectónico, certificado de final de obra que incluya y su correspondiente liquidación, expedido por el director facultativo de la obra y visado por su colegio profesional.
  • Autorización sanitaria de funcionamiento si procede.
  • Documentación específica que le es propia a la actividad.

Plazo de presentación

Ilimitado (siempre antes de la puesta en funcionamiento de la actividad)

Lugar de presentación

Oficina de atención al público del Ayuntamiento: Santa Ana 1, planta baja.

Horario

De lunes a viernes: 09:00-14:00.

Contacto e información

Urbanismo. Ayuntamiento. Santa Ana 1, primer piso
Teléfono: 943 75 30 45
e-mail: bulegoteknikoa@soraluze.eus

Pago de impuestos y tasas

Conforme a la Ordenanza Municipal aprobada: Ordenanza reguladora de tasas por prestación de servicios públicos y realización de actividades administrativas.

Unidad tramitadora

Urbanismo

Órgano de resolución

Alcalde / Alcaldesa

Plazo de resolución

Seis meses

Estado del silencio administrativo

Estimatorio

Normativa legal

  • Ley 3/1998 general de protección del medio ambiente del País Vasco
  • Ley 7/2012 de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior
  • Plan general y documentos urbanísticos de desarrollo
  • Ordenanza reguladora de tasas por prestación de servicios públicos y realización de actividades administrativas
  • Ordenanza reguladora de la gestión del ciclo integral del agua