Actividades clasificadas

1. Comunicación previa para el ejercicio de actividad clasificada

Descripción: Comunicación previa de actividades clasificadas. El objetivo es realizar una comunicación previa para el desarrollo de una actividad clasificada, tras la ejecución de las obras, pero previa a su puesta en marcha, aportando la documentación acreditativa necesaria.

La Ley 3/1998 General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco (modificada por la Ley 7/2012), especifica en su Anexo II cuáles son las actividades clasificadas; concretamente, en el apartado B especifica las actividades e instalaciones sometidas a comunicación previa.

La comunicación previa permite a quien la presenta poner en marcha la actividad, siendo los únicos responsables la persona titular de la actividad y los/las técnicos/as que han emitido el certificado. No obstante, ello no exime de la obligación de contar con los títulos administrativos que facultan para el inicio de las actividades ni de los controles previos establecidos por las normativas sectoriales que sean de aplicación.

Los destinatarios de este trámite serán las personas físicas y jurídicas interesadas.

Información de contacto:

  • Teléfono: 943 75 30 43
  • Correo electrónico: Bulegoteknikoa@soraluze.eus

Lugar de presentación de la solicitud:

  • Vía Internet: Realizando la solicitud en el apartado de registro electrónico (PINCHA AQUÍ) o enviando la misma por correo electrónico a la dirección  acompañada de los documentos requeridos.
  • De forma presencial: Acudiendo a las oficinas generales del Ayuntamiento y presentando la documentación requerida.

Documentación a presentar:

  • Comunicación previa para el ejercicio de actividad clasificada.
  • Certificado de un técnico que acredite la correcta adecuación de las actividades y/o instalaciones al proyecto y a la documentación técnica presentada. Asimismo, deberá acreditarse el cumplimiento de la normativa vigente y, en su caso, de las medidas correctoras impuestas.
  • Memoria técnica redactada por profesional cualificado según lo establecido en la Ley 7/2012, de 23 de abril.
  • Copia del alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
  • Documento de diligencia de la delegación territorial de industria sobre la instalación eléctrica.
  • Certificado en medio de protección contra incendios expedido por instalador autorizado. En el caso de tener sólo extintores, basta con presentar copia del contrato de manutención.
  • Otras autorizaciones necesarias.

Plazo de presentación:

Indefinido (siempre antes de la puesta en marcha de la actividad)

Pago de impuestos y tasas

De acuerdo con la Ordenanza Fiscal aprobada.

Órgano tramitador

Urbanismo

Órgano de resolución

Alcaldía

Plazo de resolución

Seis meses

Efecto del silencio administrativo

Valorable

Normativa aplicable:

  • Ley 3/1998 General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco.
  • Ley 7/2012, de 12 de diciembre del Parlamento Europeo y del Consejo, de servicios en el mercado interior, por la que se adaptan determinadas leyes a la Directiva 2006/123/CE.
  • Plan General y documentos de desarrollo urbanístico.
  • Ordenanza reguladora de las tasas por prestación de servicios públicos y realización de tareas administrativas.
  • Ordenanza reguladora de la gestión del ciclo integral del agua.

Otras consideraciones:

La comunicación previa presentada con la documentación necesaria autorizará el inicio de la actividad a partir de la fecha de presentación, sin perjuicio de la capacidad de realizar los controles, inspecciones y comprobaciones que ordene la Administración Municipal. Tras las investigaciones podría haber inadmisión. No habrá resolución expresa. No se concederá al solicitante la aprobación de la comunicación previa presentada.

La copia sellada de la solicitud de comunicación previa será el único documento aportado por la Administración.

El inicio de la actividad se realizará bajo la responsabilidad de los titulares y del personal técnico que haya expedido la certificación, siempre que no resulte lesivo para los controles previos preceptivos que se determinen en todos los títulos administrativos necesarios o en la normativa sectorial.

En el caso de querer realizar obras de acondicionamiento del establecimiento, se deberá obtener la licencia de obra correspondiente previo a la presentación de la comunicación previa. A continuación, tras el cumplimiento de las condiciones y medidas establecidas en la licencia de obra, se podrá presentar la comunicación previa.

Descargar documentos:

 

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2. Licencia de actividad clasificada

Descripción: Licencia de actividad para las actividades especificadas en el documento Anexo II. La persona o entidad solicitante deberá presentar junto con la solicitud el proyecto técnico de legalización de la actividad para la tramitación del expediente AMINP por parte del Ayuntamiento.

La Ley 3/1998, Ley General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco (modificada por Ley 7/2012), recoge en su Anexo II las actividades clasificadas sometidas a licencia de actividad.

Los destinatarios de este trámite serán las personas físicas y jurídicas interesadas.

Información de contacto:

  • Telefono: 943 75 30 43
  • Correo electrónico: bulegoteknikoa@soraluze.eus

Cómo registrar la solicitud:

    • Vía Internet: Realizando la solicitud en el apartado de registro electrónico (PINCHA AQUÍ) o enviando la misma por correo electrónico a la dirección  acompañada de los documentos requeridos.
    • De forma presencial: Acudiendo a las oficinas generales del Ayuntamiento y presentando la documentación requerida.

      Documentación a presentar:

      • Puedes descargar el siguiente formulario solicitud general y rellenarlo.
      • Proyecto de actividad clasificada (Un ejemplar en papel y otro en soporte digital en CD).

      Finalizado el trámite, antes de la puesta en marcha de la actividad:

      • Comunicación previa de actividad clasificada debidamente cumplimentada.
      • Certificado de un técnico que acredite la correcta adecuación de las actividades y/o instalaciones al proyecto y a la documentación técnica presentada. Asimismo, deberá acreditarse el cumplimiento de la normativa vigente y, en su caso, de las medidas correctoras impuestas.
      • Copia del alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
      • Documento de diligencia de la delegación territorial de industria sobre la instalación eléctrica.
      • Certificado del medio de protección contra incendios expedido por instalador autorizado. En el caso de que sólo se disponga de extintores, basta con presentar copia del contrato de mantenimiento.
      • En el caso de obras con proyecto arquitectónico, certificado de fin de obra y liquidación correspondiente, expedido por el Director Facultativo de los trabajos y visado por su Colegio Profesional.
      • Autorización sanitaria de funcionamiento en su caso.
      • Documentación específica de la actividad.

      Plazo de presentación:

      Indefinido (siempre antes de la puesta en marcha de la actividad).

      Pago de impuestos y tasas:

      De acuerdo con la Ordenanza Fiscal aprobada: ordenanza reguladora de las tasas por prestación de servicios públicos y realización de tareas administrativas.

      Órgano tramitador:

      Urbanismo

      Órgano de resolución:

      Alcaldía

      Plazo de resolución:

      Seis meses

      Efecto del silencio administrativo:

      Valorable

      Normativa aplicable:

      • Ley 3/1998 General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco.
      • Ley 7/2012, de 12 de diciembre, del Parlamento Europeo y del Consejo, de servicios en el mercado interior, por la que se adaptan determinadas leyes a la Directiva 2006/123/CE.
      • Plan General y documentos de desarrollo urbanístico.
      • Ordenanza reguladora de las tasas por prestación de servicios públicos y realización de tareas administrativas.
      • Ordenanza reguladora de la gestión del ciclo integral del agua.

      Descargar documentos

       

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      3. Cambio de titularidad de la actividad

      Descripción: Con el fin de que la administración pueda realizar las inspecciones y controles pertinentes, así como para eximir de cualquier tipo de responsabilidad al anterior titular de la actividad, se le comunicará al Ayuntamiento el cambio de titularidad de dicha actividad.

      Información:

      • Telefono: 943 75 30 43
      • Correo electrónico: bulegoteknikoa@soraluze.eus

      Cómo registrar la solicitud:

        • Vía Internet: Realizando la solicitud en el apartado de registro electrónico (PINCHA AQUÍ) o enviando la misma por correo electrónico a la dirección  acompañada de los documentos requeridos.
        • De forma presencial: Acudiendo a las oficinas generales del Ayuntamiento y presentando la documentación requerida.

          Aurkeztu beharreko agiriak

          • Impreso cambio de titularidad de la actividad
          • Alta o modificación del Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
          • Documento acreditativo de aceptación o documento que acredite suficientemente la legitimidad de la modificación por parte del transmitente.
          • Copia o referencia de la actividad concreta (licencia o comunicación previa)
          • Identificación detallada del nuevo titular de la actividad o instalación y certificado del negocio jurídico que permita la modificación.

          Descargar documento